Dar de alta el gas natural en una vivienda consiste en encadenar cuatro cosas en un orden concreto: comprobar que la finca dispone de acometida, tener una instalación receptora ejecutada y certificada por una empresa instaladora de gas habilitada, firmar el contrato de suministro con la comercializadora que tú elijas y superar la verificación previa a la puesta en servicio. Ese orden no es caprichoso: sin certificado de instalación no se puede formalizar el contrato, y sin contrato no hay puesta en servicio ni apertura de llave.
En la práctica, la mayoría de las altas en pisos de ciudad son sencillas, porque el edificio ya está suministrado y solo hay que resolver la instalación interior de la vivienda y el papeleo. El trámite se alarga cuando no existe acometida en la finca, cuando la vivienda lleva mucho tiempo dada de baja o cuando los aparatos necesitan adaptación. Sobre los plazos conviene ser honesto: varían según la distribuidora de la zona, según haya o no obra de acometida y según la carga de trabajo del momento.
Distribuidora y comercializadora: la confusión más habitual
La distribuidora es la propietaria de la red de gas. Es quien ejecuta la acometida hasta la finca, quien realiza las inspecciones periódicas y quien atiende las urgencias si hay un olor a gas o una fuga. No se elige: viene determinada por la zona en la que esté la vivienda, igual que ocurre con la red eléctrica.
La comercializadora es la empresa con la que firmas el contrato de suministro y la que te emite la factura cada mes. Esta sí se elige libremente y se puede cambiar cuando quieras sin tocar ni un metro de tubería. Cuando alguien dice que va a cambiar de compañía de gas, casi siempre se refiere a la comercializadora, y ese cambio no afecta ni a la instalación ni al contador.
Pasos para dar de alta el gas natural, uno a uno
1. Comprobar si la finca tiene acometida e instalación común
Lo primero es averiguar si el gas llega ya al edificio. En fincas suministradas suele existir tanto la acometida como la instalación común, con su armario de contadores y sus montantes hasta cada vivienda. Una pista rápida: si algún vecino tiene gas natural, la infraestructura está. Si no lo tienes claro, el administrador de la comunidad suele resolver la duda en un minuto.
2. Solicitar la acometida si no existe
Cuando el gas no llega a la finca hay que pedir la acometida a la distribuidora que opere en esa zona. Es el escenario que más condiciona el calendario, porque implica trabajo en la vía pública y, en un edificio, coordinación con la comunidad de propietarios. Aquí es donde más varían los plazos, así que merece la pena iniciar la solicitud cuanto antes y preguntar por la previsión.
3. Ejecutar la instalación receptora y obtener el certificado
La instalación interior o receptora es la que va desde el contador hasta los puntos de consumo de la vivienda: tubería, llaves de corte, ventilaciones y salida de humos. Debe ejecutarla una empresa instaladora habilitada, y al terminar emite el certificado de instalación de gas en el modelo oficial de la serie IRG que corresponda. Ese documento es la llave del trámite: sin él, la comercializadora no puede tramitar el alta.
Es también el momento de decidir el trazado y la ubicación de los aparatos: rehacer una instalación de gas con la obra terminada y los alicatados puestos sale bastante más caro que pensarlo antes.
4. Contratar el suministro con la comercializadora
Con el certificado en la mano ya puedes contratar. Compara tarifas y condiciones, porque el consumo estimado de la vivienda determina el peaje que te corresponde. En esta fase se aporta la documentación y se facilitan los datos de la vivienda y del titular.
5. Puesta en servicio
El último paso es la puesta en servicio. Antes del primer suministro se realiza una verificación de la instalación y, si todo está correcto, se abre la llave y el gas empieza a circular. Conviene que ese día haya alguien con acceso a la vivienda y a los aparatos, y que la instalación esté terminada de verdad: dejar la caldera pendiente de colgar o una toma sin rematar obliga a repetir la visita.
Documentación necesaria para el alta
La lista puede variar ligeramente de una comercializadora a otra, pero lo que se pide habitualmente es esto:
- DNI o NIE del titular del contrato.
- Certificado de instalación de gas emitido por la empresa instaladora.
- Dirección completa y datos catastrales de la vivienda.
- Código CUPS, si la vivienda ya lo tiene asignado.
- Número de cuenta bancaria para domiciliar el recibo.
Reúnelo todo antes de llamar a la comercializadora. La mayoría de los retrasos que vemos no vienen de la distribuidora ni del instalador, sino de un expediente parado porque falta un dato de la vivienda o el titular no coincide con quien firma.
Cuánto tarda dar de alta el gas
No hay una respuesta única, y desconfía de quien te dé un número exacto sin conocer el caso. El plazo depende de la distribuidora que opere en la zona, de si hay que ejecutar acometida o el edificio ya está suministrado, y de la carga de trabajo del momento. Un alta en un piso con instalación común existente y certificado emitido se resuelve en un marco de tiempo muy distinto al de una vivienda a la que hay que llevar la red desde la calle. Lo razonable es preguntar la previsión al iniciar el trámite y planificar con margen, sobre todo si la fecha depende de una mudanza o del final de una reforma.
Viviendas que ya tuvieron gas y llevan tiempo de baja
Es un caso muy frecuente en pisos heredados y en segundas residencias. Si la vivienda tuvo suministro pero acumula un periodo prolongado de baja, lo normal es que haga falta un certificado de instalación nuevo antes de reactivar el servicio: la instalación puede tener años, haber sufrido modificaciones no documentadas o no responder ya a la configuración real de la vivienda. No des por hecho que basta con llamar a una comercializadora para que vuelvan a abrir la llave; cuenta con una revisión previa.
Los aparatos también forman parte del trámite
Todo lo que se conecte al gas (caldera, encimera, calentador) tiene que ser adecuado al tipo de gas de la instalación y quedar recogido en el certificado. No es un detalle burocrático: un aparato preparado para otro tipo de gas no puede quedar en servicio sin adaptación.
Si el alta coincide con la sustitución del equipo, es el mejor momento para plantear la instalación de calderas de gas y resolverlo todo en una sola intervención: dimensionado, ubicación, salida de humos y certificado.
Preguntas frecuentes
¿Puedo elegir la distribuidora de gas?
No. La distribuidora viene determinada por la zona donde esté la vivienda, porque es la propietaria de la red. Lo que sí eliges libremente es la comercializadora con la que firmas el contrato.
¿Qué es el código CUPS y dónde lo encuentro?
Es el código que identifica el punto de suministro de la vivienda. Si el domicilio ya ha tenido gas, aparece en cualquier factura anterior. Si nunca lo ha tenido, se asigna durante el alta.
¿Necesito certificado de instalación si solo cambio de comercializadora?
No. Cambiar de comercializadora es un trámite administrativo que no toca la instalación. El certificado se necesita para dar de alta un suministro nuevo o para reactivar uno que lleva tiempo de baja.
¿Tengo que estar en casa el día de la puesta en servicio?
Sí, debe haber alguien que dé acceso a la vivienda y a los aparatos, porque se verifica la instalación antes de abrir la llave. Ten todo terminado ese día para no repetir la visita.
Te tramitamos el alta del gas de principio a fin
En Servigas Instalaciones somos empresa instaladora autorizada de gas y llevamos años resolviendo altas de suministro en viviendas de Murcia y alrededores. Nos encargamos de la instalación receptora, emitimos el certificado en el modelo oficial y te acompañamos en el resto del proceso.
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